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Antes de estos cambios, frente a los problemas
de salud, los cabildos controlaban las actividades
públicas. Por ejemplo, Quito tenía políticas higienistas
desde las reformas borbónicas para el “control de
lázaros, de los locos que deambulan por la ciudad, así
como para el cuidado de las acequias, quebradas, calles,
plazas, edicaciones públicas, mercados, pesebreras,
carnicerías” (Kingman, 2006, p. 277). Mediante estas
políticas se conoció, que la lepra era una enfermedad
que persistió en el siglo XIX y principios del XX. El
municipio de Cuenca, por su parte, estaba a cargo de
la limpieza de las acequias y del orden de los mercados.
Por ejemplo, para el mercado de San Francisco, que
cada vez tomaba más importancia, se pidió que:
se centralice la venta de carne en la plazuela
de San Francisco a consecuencia de que en
otras localidades no había consumo alguno
del mencionado artículo para lo cual deben
establecerse toldas que impidan que el calor y
la lluvia dañen la carne; y para que se guarden
los enseres indispensables para el expendio
de ésta se arriende solamente la localidad
(Arteaga, 2010, pp. 183-184).
Ahora bien, ¿cómo se reeja la salud y la
enfermedad en los testamentos? En primer lugar, la
enfermedad del cuerpo no implica la enfermedad
mental, así en el testamento de Manuela Merchán,
el escribano arma: “la señora testadora se halla en
uso perfecto de su razón, a pesar de su enfermedad”
(ANH/C, Libro 595, folios 253-256v). De ahí que
se deba hacer una distinción entre: la salud mental
y la salud física. En este contexto, se asume que las
otorgantes estaban en su sano juicio, por lo que esta
cláusula prácticamente desaparece o la encontramos al
nal, como en el caso de Dominga García que después
del nombramiento del albacea se lee: “la testadora se
halla, al parecer, en su sano juicio y que dispuso por
sí misma este testamento” (ANH/C, Libro 597, folios
221v-222).
De los manuscritos estudiados solo en 6 se
encuentra la alusión al sano juicio: “hallándome
enferma del cuerpo, aunque no de gravedad, pero en
mi juicio”, “enferma en cama pero en mi sano juicio”,
“en mi sano y entero juicio”. En otras palabras, este
requisito para testar se daba por sentado y no admitía
dudas. Solo si una testadora se encontraba en su
sano y entero juicio, el testamento manifestaba su
voluntad –como acto de libertad del ejercicio de sus
deseos materiales, emocionales y espirituales–, que se
hacía evidente en la distribución y la administración
de los bienes, el reconocimiento de hijos ilegítimos,
la disposición del cadáver, entre otros. De este modo,
Josefa Vázquez expresa: “nombro de curador de ella
[su nieta] al señor doctor Luis Antonio Loyola, pues
que es mi voluntad prohibir como prohíbo que el señor
Benigno Córdova, padre de la asignataria, administre
los bienes” (ANH/C, Libro 12-I, folios 381-383v),
igual situación se da con Manuela Castro.
Ahora bien, es importante conocer cómo
reaccionaban frente a la enfermedad física, cómo
la vivían. En primer lugar, los padecimientos del
cuerpo suponían un problema pues, para ello, la
economía del hogar debía ser reevaluada. Así, existen
algunas otorgantes que señalan que han tenido que
vender o poner en prenda algún bien para cubrir
los padecimientos de su esposo, hijos e incluso
ellas mismas. Dolores Aguilar Días comenta: “mi
presente esposo no introdujo a nuestro matrimonio
un solo centavo, y por el contrario he tenido que
invertir algunas sumas en dinero y alhajas en sus
enfermedades” (ANH/C, Libro 597, folios 261v-263),
lo mismo sucedió con Tomasa Jaramillo y Peñael,
Rosa Galarza y Manuela Merchán. Esta situación
también se representa en la literatura, lo que nos
informa que este actuar era parte de la vida cotidiana.
En la novela Para matar el gusano se narra:
Y a Roberto se le sublevaba el alma al pensar
en que podía llegar el momento de trasladar
a la enferma al Hospital! Vendió muebles, se
anduvo de casa en casa donde su madre cosía
solicitando pequeños anticipos, se buscó
ocupaciones por escribanías y despachos
de abogados, escribió cartas a las personas
pudientes, y en suma hizo cuanto pudo para
allegar dinero y atender debidamente a la
enferma (Bustamante, 2003, p. 212).
La curación de una enfermedad, en
consecuencia, dependía de la economía. También del
cuidado y las atenciones físicas y espirituales que debe
recibir el enfermo. En la postrera voluntad de Rosa
Arteaga, M. T. y Quichimbo, F. Rev. Educ. Art. y Com. Vol. 15 Nro. 1, Enero - Junio 2026: 121 - 131