El enemigo, su etiquetamiento en el desarrollo penal
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Derecho Penal del enemigo es la expresión acuñada por Günther Jakobs 1 en 1985 para referirse a las normas que sancionaban penalmente conductas, sin que se afecte el bien jurídico. Estas normas no castigan al autor por el hecho delictivo cometido. Castigan al autor por el hecho de considerarlo peligroso. El presente ensayo expone los principales aspectos sobre el Derecho penal del enemigo, al analizar de manera detallada una serie de conceptos con fundamento de teorías filosóficas. El Derecho penal del enemigo se dirige al combate de peligros futuros, y aunque es relativamente nuevo en el Ecuador, el autor trata de determinar al aporte positivo para aplicarlo en cada Estado, cómo ha sido aceptado y se ha venido controlando la habitualidad de los delincuentes en actos criminosos y las normas legales que sancionan y protegen las acciones que cometen los delincuentes, de acuerdo a la dinámica del ordenamiento jurídico ecuatoriano.
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Macas Saritama, R. (2016). El enemigo, su etiquetamiento en el desarrollo penal. Sur Academia: Revista Académica-Investigativa De La Facultad Jurídica, Social Y Administrativa, 1(2). Retrieved from https://revistas.unl.edu.ec/index.php/suracademia/article/view/17
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Artículos de Investigación científica y tecnológica
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