El derecho a la libertad de expresión y la responsabilidad internacional del Estado en la convención americana: caso “la última tentación de cristo” Olmedo Bustos y otros vs Chile

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Luis Veintimilla

Abstract

El derecho como disciplina, en cuanto ciencia y en cuanto técnica, experimenta una constante tensión entre sus dos caracteres principales, el de servir de cimiento y sostén a los valores de una sociedad y el de servir de ariete para la ruptura de ciertos paradigmas morales o ciertas formas de poder revestidas de derecho en un momento dado. La pugna entre el pasado (stare decisis), y las nuevas formas de pensamiento jurídico es lo que moldea a esta que es la primera de las ciencias sociales. Y en este contexto, es donde podemos alcanzar una mejor comprensión del por qué de una teoría como la de la argumentación en el campo del derecho reclama un espacio en el pensamiento jurídico contemporáneo. La tarea de los togados, enfrentados todos los días a problemas jurídicos que son al mismo tiempo controversias sociales, morales, políticas o de otro carácter, demanda una formación teórica fundamental para el mejor ejercicio de la jurisdicción que es también el ejercicio del poder soberano. El ser humano siempre busca justificar sus acciones, enseñaba Kelsen en el trazo de su teoría pura del derecho, pero de manera esencial -y además necesaria en virtud de la obligación legal y constitucional de la motivación prevista en la mayoría de los ordenamientos jurídicos actuales- son los magistrados quienes deben ofrecer a los destinatarios de sus resoluciones la justificación idónea que sostenga su decisión en el marco del derecho como situación opuesta a la arbitrariedad. Argumentar es justificar, es señalar o esgrimir razones y estas surgen de razonamientos en donde se involucra hipótesis, silogismos y conclusiones que son la fuerza misma de una decisión. En el camino de la justificación el juez echa mano de varias opciones de razonamiento como son la deducción, la inducción o la abducción y todas ellas son posibilidades para el juzgador. El mejor magistrado será entonces no aquel que conozca mayor cantidad de textos normativos (par coeur inclusive) -sin perjuicio del principio iura novit curia-, sino aquel se encuentre en mejores condiciones de dominio de las distintas bases teóricas que le van a proveer de las herramientas adecuadas y de la destreza necesaria el ejercicio de administrar justicia. En el presente trabajo, se ha seleccionado para el análisis una sentencia expedida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos cuyo texto resulta muy fructífero a efectos de identificar los signos de identidad de los argumentos que apoyan cada una de las intervenciones de las partes o de terceros, así como las exposiciones de los jueces. Su trascendencia está marcada por el hecho de tratarse de la primera sentencia expedida por la Corte sobre libertad de pensamiento y de expresión y porque está en juego cuestiones como la soberanía, el alcance de las decisiones de las cortes internacionales, y la responsabilidad del Estado frente a decisiones o actuaciones del poder judicial. Desentrañar, en el marco de los elementos provistos por la teoría de la argumentación jurídica, la sustancia de las razones incorporadas en este fallo por parte de los jueces resultará enriquecedoramente didáctica para el propósito del presente ejercicio analítico.       

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Veintimilla, L. (2019). El derecho a la libertad de expresión y la responsabilidad internacional del Estado en la convención americana: caso “la última tentación de cristo” Olmedo Bustos y otros vs Chile. Sur Academia: Revista Académica-Investigativa De La Facultad Jurídica, Social Y Administrativa, 6(11), 46–65. Retrieved from https://revistas.unl.edu.ec/index.php/suracademia/article/view/606
Section
Artículos de Revisión